lunes, 8 de agosto de 2022

LA OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

SEGUROS GENERALES


¿TU SEGURO DE CONSORCIO TE CUBRE POR DAÑOS A TERCEROS?

Gentileza: ORGANIZACIÓN VARIO C & A


“Desperfecto mecánico”
, dijeron los peritos.
“Fue un milagro”, aseguraban los vecinos. El hecho ocurrió hace pocos días en un edificio de la calle Olleros, en la Ciudad de Buenos Aires, y por suerte no terminó en tragedia: un ascensor cayó desde el décimo piso y no hubo que lamentar la pérdida de nadie.
Con hechos como este es importante que sepas que la Responsabilidad Civil comprensiva cubre estos eventos caracterizados como “daños a terceros” en todo el territorio argentino. Por eso es importante que tengas una Responsabilidad Civil comprensiva acorde al uso y tenencia según la cantidad de ascensores del edificio.
Particularmente en CABA, si tenés Responsabilidad Civil de ascensores desglosada, que veles que la suma de la cobertura refleja la cantidad de ascensores que debes informar a la compañía de seguros a la hora de emitir.
La Responsabilidad Civil de ascensores en CABA nace en la Res.412 Anexo II del 2019 y sufre ajustes normados por el gobierno cada vez que el valor de la nafta se dispara ya que está “atada” como valor de referencia. Por eso es importante que la actualice cada vez que el gobierno anuncie un nuevo ajuste. También la norma habla del uso y la tenencia de instalaciones térmicas comunes en su Anexo III (calderas).
Recordá que en la póliza cuando hablamos de Responsabilidad Civil de ascensores y comprensiva por ascensores no estamos refiriéndonos a “se quemó el motor” oa “por falta de mantenimiento se rompió la puerta”, sino justamente a los daños que se le puede producir a terceros el uso y la tenencia de los mismos.
Los accidentes pasan, por eso es importante que cuentes con el mejor asesoramiento de la mano de profesionales que están actualizándose de las nuevas normativas constantemente.

Consultas:
Av. Nazca 3106, CABA
tel. 4504.7254

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