jueves, 28 de agosto de 2014

LEGALES

ES LEY
NUEVA MORATORIA PREVISIONAL
Para Autónomos y Monotributistas

En el día de ayer y de manera unánime la Cámara de Diputados convirtió en ley la nueva moratoria previsional para que autónomos y monotributistas puedan regularizar aportes.
El proyecto obtuvo 202 votos a favor y fue debatido a lo largo de casi ocho horas. Ningún diputado votó en contra, habiéndose abstenido Martín Lousteau, Carla Carrizo (Suma+UNEN), Fernando Sánchez y Pablo Javkin (CC-ARI).
Si bien la oposición sentó duras críticas a la iniciativa, a la que consideró un “parche” sobre el sistema previsional, decidió acompañar la votación en general por su fin “loable”.
Los bloques opositores reclamaron una reforma “integral” del sistema y la “universalización” efectiva de la cobertura, además de cuestionar la facultad “discrecional” que tendrían funcionarios del Ejecutivo para determinar a quién conceder el beneficio.
El proyecto de moratoria, que consta de 13 artículos, implementa la segunda etapa del Plan de Inclusión Previsional, dándole continuidad a la primer etapa de la moratoria impulsada en 2005.
La norma está destinada a los autónomos y monotributistas que, habiendo cumplido la edad jubilatoria -o cumpliéndola en los dos años de vigencia de esta norma-, tengan que regularizar aportes hasta diciembre del año 2003, ya que el plan anterior regía hasta 1993.
Según el Poder Ejecutivo, esta nueva moratoria permitirá "la universalización" del sistema y beneficiará a más de 470 mil personas que hoy están afuera por no contar con los 30 años de aportes.
El proyecto precisa que la última moratoria incluyó a “2.701.933 adultos mayores” y que “elevó un 30 por ciento la tasa de cobertura previsional en pocos años”, pasando del 63,6 por ciento en 2002 al 93,8 por ciento en 2013.
Asimismo, establece que “el plan de pagos es abonable hasta en 60 cuotas, que se actualizarán por movilidad jubilatoria con el fin de mantener el porcentaje de pago mensual con relación al haber mensual evitar el desfinanciamiento”.
La prestación, a su vez, es incompatible con “una prestación previsional contributiva de cualquier nivel de gobierno o pensión no contributiva o plan social, salvo que se trate de una prestación previsional mínima”.

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