miércoles, 9 de diciembre de 2009

NOVEDADES IMPOSITIVAS

LA REFORMA DEL MONOTRIBUTO
Escribe: ADOLFO FREYER
Contador Público
Luego de la aprobación de la modificación del monotributo en el Parlamento Nacional, durante el mes de noviembre de 2009, en enero de 2010 entrarán a regir los cambios; entre las modificaciones más significativas cabe mencionar el aumento en el tope de facturación anual para estar dentro de este régimen de $72.000 a $200.000.
Para locaciones y prestaciones de servicios (incluye a los profesionales independientes) y el resto de las actividades, de $144.000 a $300.000 (comercios, pequeñas industrias, distribuidoras, etc.), en este caso como novedad, para los últimos tramos de $200.000 a $300.000.
Los contribuyentes deberán tener 1, 2 ó 3 empelados de acuerdo a la escala de facturación.
También se prevé un aumento en la cuota mensual a pagar, en este caso el componente previsional pasa de $35 $110 y el componente de Obra Social pasa de $46.75 a $70 mensuales, permaneciendo sin cambios el componente impositivo.
También para categorizarse, como novedad se tomará en cuenta el importe anual de alquileres pagados por el contribuyente, además de la superficie ocupada y el monto de facturación.
Otra novedad es que se sube hasta $2.500 el precio máximo unitario de ventas permitido por bienes muebles.
También se permitirá a quienes quedaron excluidos del régimen del monotributo y pasaron al régimen general (IVA, GANANCIAS Y AUTONOMOS) en la medida que se encuadren dentro dentro de los parámetros permitidos, volver al monotributo. En este caso podrán hacerlo hasta abril de 2010 (que finaliza el 1º cuatrimestre de vigencia del nuevo régimen). También se elimina el monotributista eventual (categoría que no tuvo casi adeptos) y se crea como reemplazo un régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente que será para los que desarrollen una actividad independiente sin local y facturación hasta $24.000 anuales.
Para la fecha de la presente nota, aún la AFIP no reglamentó la instrumentación y adecuación del régimen, seguramente habrá una especie de reempadronamiento o algo similar.
En la próxima nota comentaremos las novedades a medida que se vayan conociendo.

Consultas: estudiofreyer@yahoo.com.ar

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